López Torrijos y Montalvá

www.lopez-torrijos.com

jueves, 30 de enero de 2014

SI COLISIONAS CON UN ANIMAL EN CARRETERA, ¿COMO PUEDE PROTEGERTE TU SEGURO?

Pocos podrán decir que no han tenido el corazón en un puño al cruzarse con un animal mientras conducían en carretera, y otros muchos habrán tenido que lamentar colisiones que habrán lastimado  su vehículo.

Según algunas asociaciones de automóviles, en España se registraron en 2010 más de 16.000 accidentes de tráfico provocados por el impacto de vehículos contra animales en la calzada. Por eso, lo más recomendable es consultar esta cuestión a la hora de contratar la póliza de tu vehículo. De hecho, te recomendamos que le prestes especial atención especialmente si vives en zonas de montaña o circulas habitualmente por carreteras que tienen un alto riesgo de paso de animales. Como verás a continuación, lo mejor para asegurarte de que no tendrás que hacer frente a los daños ocasionados en un choque contra un animal es contratar tu póliza de autos a todo riesgo.

¿Cuáles son los supuestos que tenemos que tener en cuenta si nuestro vehículo colisiona con un animal? Lo primero que hay que hacer es avisar a la Policía o Guardia Civil para realizar un atestado que deberás presentar a tu aseguradora para que haya constancia verídica del siniestro. Obviamente, también deberás saber que en el caso de que hayas infringido las normas de circulación, las autoridades dejarán constancia de ello, así que te aconsejamos, como en otras ocasiones, que cumplas con la señalización pertinente para evitar sustos adicionales.



Pero tanto o más importante que haber realizado el atestado es saber si el animal con el que nos hemos topado es una especie cinegética o no (que son aquellos cuya caza está permitida como conejos, libres o jabalíes). Si es así, pediremos responsabilidades al titular del coto privado de caza del que haya escapado el animal, y sabiendo que el accidente ha tenido lugar en horario de práctica de este deporte, como bien pueda ser un domingo por la mañana. Debemos saber que en muchos casos, y si no ha tenido lugar en horario de caza, el coto puede eximirse de responsabilidad, la misma que podrá exigirse cuando el animal sea una especie no cinegética y esté identificado: podremos acudir al dueño particular de éste. El problema viene cuando, en este mismo tipo de animal, el dueño no está identificado. En este caso, difícilmente se reclama y es muy complicado buscar una responsabilidad. Conociendo todas estas hipotéticas situaciones, lo que hay que deducir es que si hemos contratado un seguro a terceros, nuestra compañía necesitará a alguien a quien reclamar que se haga responsable de los daños ocasionados. El problema llega cuando no los hay.


Hay otro caso a tener en cuenta más allá de las carreteras secundarias: si el accidente ocurre en autovías o autopistas, se pueden buscar responsabilidades en Fomento o en la empresa propietaria, aunque normalmente estos procesos son muy farragosos y suelen demorarse durante un periodo muy largo en el tiempo.

Con todo ello, desde López Torrijos y Montalvá te recomendamos que circules siempre respetando la normativa vial y siempre atenuando la velocidad si localizas a un animal en la calzada. Si el accidente ha sido inevitable, lo mejor y más recomendable es que contratemos un seguro a todo riesgo con el que puedan cubrirse todos los daños ocasionados en el siniestro.

jueves, 23 de enero de 2014

¿QUÉ DAÑOS CUBRE TU SEGURO EN CASO DE QUE SEAS RESPONSABLE DE UN SINIESTRO Y SUPERES LA TASA DE ALCOHOLEMIA PERMITIDA?

Con la nueva Ley de Tráfico pendiente de ser revalidada por el Senado, y con la que las nuevas multas que por superar la tasa de alcohol al volante pueden alcanzar hasta 1.000€, queremos explicaros como actúan las aseguradoras en el caso de que se produzca un siniestro en el que el conductor “culpable” lleva unas copas de más.

Si has provocado un accidente de tráfico y tu tasa de alcohol ha superado el máximo permitido (0,25 miligramos por litro de aire espirado), tu compañía aseguradora siempre se hará cargo de los daños a terceros, aunque luego te reclamará la factura de todos estos daños a los que tú deberás hacer frente. En el caso de que el positivo haya sido por consumo de drogas o tu vehículo haya tenido el accidente sin haber pasado la ITV, la mayoría de las compañías tampoco responderán. Queda por descontado saber que en estas situaciones también puedes olvidarte de que la compañía corra a cargo de los desperfectos que haya sufrido tu vehículo.

Por otra parte, también os preguntaréis que ocurriría en el caso de que el conductor infractor tenga contratado un seguro a todo riesgo: habría que ver las cláusulas exigidas en su póliza, aunque ya os adelantamos que la mayoría de las aseguradoras tampoco cubrirán los daños causados en caso de que el conductor circule ebrio.


Con todo ello, las aseguradoras se suman también a la lucha contra el consumo de alcohol por parte de las autoridades públicas, que con la nueva Ley de Tráfico tienen como objetivo endurecer todavía más las sanciones sabiendo que el alcohol es responsable de entre el 30 y el 50% de los accidentes mortales que se producen en las carreteras españolas, según la DGT. En el momento en que entre en vigor, la multa que se le impondrá al que conduzca y consuma drogas o duplique la tasa de alcohol será de 1.000 euros, y se fijará en 500 euros la cantidad que se impondrá cuando simplemente se dé positivo. En el caso de superar 0,6 se entraría ya en un delito penal que supondría la retirada del permiso de conducir e incluso pena de prisión.

De esta manera, y como podéis observar, cada vez se está endureciendo las sanciones contra el consumo de alcohol cuando se va al volante. La solución es sencilla… ¡no beber ni una gota de alcohol cuando circules con tu vehículo!

miércoles, 22 de enero de 2014

CONOZCA RÁPIDAMENTE LOS PUNTOS DE SU CARNÉ DE CONDUCIR

¿Tiene curiosidad por saber los puntos que tiene su permiso de conducir? ¿Sabe que perdió puntos hace varios años pero quiere conocer exactamente los que tiene en este momento? ¿Necesitan averiguar su saldo en la nueva empresa en la que ha sido contratado?

En menos de cinco minutos y con pocos “clicks” en su ratón, usted puede conocer su saldo actual solamente siguiendo estos pasos. Es sencillo:

1. Entre en la web de la Dirección General de Tráfico; www.dgt.es Ahora sólo tiene que dirigirse al apartado “Permiso por Puntos” que se encuentra en color azul y blanco dentro de la misma web, un poquito más abajo.

2. Una vez haya entrado, haga click en “Consulta de Puntos”.

3Ahora se encontrará en otra página en la que tendrá varias opciones, pero en la que la más rápida y directa para conocer sus puntos se encuentra en “Acceso a Consulta de Puntos sin certificado”.

4. Cuando haga click, irá a una página en la que le pedirán su NIF o NIE junto a una clave de acceso. Para conseguir esta última, sólo escríbalo y los caracteres que le piden en la imagen; entre ahora en “Solicitar clave de acceso”.

5.Se le pedirá el NIF o NIE de nuevo y la fecha de expedición de su carné para conseguir su contraseña. Le demandarán también un correo electrónico para confirmarla, y en pocos segundos le llegará a su bandeja de entrada.

6. Cuando la tenga, haga los mismos pasos desde el principio. Ahora sólo tiene que insertar la contraseña junto a su DNI para conocer el estado de su permiso de circulación.

Acuérdese de guardar bien su contraseña para futuras consultas, ¡nunca se sabe si la volverá a necesitar dentro de pocos días!


*No hay que confundir la fecha de expedición con la de renovación. Esta úiltima la tenemos justo detrás de nuestro permiso.

lunes, 13 de enero de 2014

REBAJAS: SIGUE ESTOS CONSEJOS PARA COMPRAR LO MÁS "SEGURO" POSIBLE

Después de que ya haya pasado la primera semana de estas Rebajas del mes de enero, muchos todavía no han tenido tiempo o siguen pensando en si acudir a realizar alguna compra. En ese caso, y para esos rezagados, desde nuestro Seguro de Protección Jurídica creemos que estos consejos os pueden ayudar a resolver muchas dudas que surgen en este periodo de compras:

¿Qué ocurre con las devoluciones de nuestras compras?

La mayoría de comercios aceptan las devoluciones de productos en buen estado, aunque algunos no están obligados a hacerlo. En el caso de que se anuncie que se admiten los cambios, también se podrán llevar a cabo en rebajas (aunque por ejemplo hayas comprado un bien durante las fechas navideñas), y podremos hacerlo a no ser que se indique previamente lo contrario en un lugar visible del establecimiento.



El comercio no admitirá una devolución cuando el producto no esté defectuoso, cuando el criterio sea un mero “ya no me gusta”. En el caso de que usted haya escuchado de ese comercio el “si no queda satisfecho le devolvemos su dinero”, entonces sí que deberá admitirse la devolución a su gusto. Si usted ha adquirido un producto antes de rebajas y espera su devolución en medio de éstas, sepa que siempre recibirá el mismo dinero que desembolsó cuando efectuó la compra, con lo que deberá presentar el ticket pertinente.

A la hora de comprar…

Compra siempre adecuándote a tus necesidades, evita las compras impulsivas. Cuando compres, comprueba siempre las tallas, botones y acabados. En lo que se refiere a la garantía, los comercios deben sellarla al menos durante dos años para los bienes durables y de un año para los de segunda mano, y siempre desde la fecha en la que se materializa la compra. 

martes, 7 de enero de 2014

LAS RECLAMACIONES A LAS ASEGURADORAS POR EL SINIESTRO DEL COSTA CONCORDIA PODRÍAN LLEGAR A LOS 2.000 MILLONES DE DÓLARES EN 2014

La factura que afrontan las aseguradoras por el desastre del Costa Concordia sigue elevándose y podría alcanzar los 2.000 millones de dólares (1.450 millones de euros) a lo largo de este año. La causa más directa de este aumento habría que buscarla en las dificultades que están suponiendo las labores de reflote del buque que se encuentra anclado en la costa desde enero de 2012, y que cada vez son más costosas por la complejidad del contexto natural. Hasta ahora, el coste contabilizado se encuentra en los 1.600 millones de dólares (más de 1.150 millones de euros).



De momento, y según se ha confirmado desde el diario británico The Independent, las aseguradoras ya han desembolsado unos 1.000 millones de dólares (más de 730 millones de euros), en lo que desde algunas compañías como Allianz ya ha sido definido como “una de las mayores pérdidas de la historia para los seguros en accidentes marítimos”.

De esta manera, las previsiones que se llevaron a cabo después del accidente han sido superadas drásticamente. La agencia Moody´s emitió un detallado informe después del naufragio en el que explicaba que el mercado asegurador podría hacer frente a unas pérdidas que podrían llegar a los 1.000 millones de dólares (768 millones de euros), cifra que ya ha sido ampliamente superada. El Costa Concordia, que no se espera que se pueda remolcar hasta junio de 2014, estaba asegurado por lo que se conoce como un pool de compañías formadas por Generali, RSA y XL Group, entre otras firmas.


viernes, 3 de enero de 2014

LAS PENSIONES ECHAN EL FRENO AL CRECER SÓLO UN 0,25% EN 2014, LO QUE PONE DE MANIFIESTO LA NECESIDAD DE MUCHOS ESPAÑOLES DE CONTRATAR PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIOS

Los pensionistas españoles verán revalorizadas sus prestaciones en un 0,25% en este 2014. Según confirmó la normativa aprobada por el gobierno recientemente, desde el pasado 1 de enero entra en vigor el nuevo Real Decreto que supone un decrecimiento del 0,75% en la revalorización de las prestaciones que recibirán los pensionistas respecto al pasado curso.


Por lo tanto, esta subida aportará muy pocos euros a la economía real de los perceptores, lo que pone sobre la mesa la imperiosa necesidad que tendrán muchas familias de adquirir un Plan de Pensiones complementario, sino quieren ver atenuado su poder adquisitivo en el momento de su jubilación futuro. Si atendemos al desglose por el tipo de pensión, y según ha explicado el Ministerio de Empleo, este incremento del 0,25% afectará a 9,15 millones de pensiones contributivas, otras 432.757 para pensiones no contributivas y 166.631 para las destinadas a personas que tienen un hijo con discapacidad. Dependiendo del tipo de pensión, el incremento medio estará en unos dos euros, y para ello el ejemplo más claro lo tenemos en la prestación de jubilados de 65 años con cónyuge a cargo (una de las más comunes): la cantidad percibida pasará de 780,9 € al mes, dos euros más que en 2013.

Ante esta tesitura, muchos se preguntarán el porqué de este retroceso: la razón hay que buscarla (como han hecho en algunos países como Alemania), en que desde el 1 de enero de 2014 la pensión se desliga para siempre del IPC. De esta manera, y según la normativa aprobada en el Congreso el pasado 19 de diciembre, las pensiones no subirán nunca más del 0,5%, aunque la economía española crezca de manera positiva durante los próximos años.  

jueves, 2 de enero de 2014

YA DISPONIBLE "SIETE PUENTES SOBRE EL SENA", OBRA GANADORA DEL V CERTAMEN LITERARIO LÓPEZ TORRIJOS Y MONTALVÁ

Queremos informaros de que ya se encuentra totalmente editada y disponible la obra literaria "Siete puentes sobre el Sena", de la joven escritora sevillana María José Aguilar Rueda. Esta novela resultó ganadora del V Certamen Literario Correduría de Seguros López Torrijos y Montalvá.

Recuerda que si eres cliente de nuestra correduría, puedes pasarte a recogerla por cualquiera de nuestras oficinas. En el caso de que no lo seas, al contratar una póliza con nosotros te haremos entrega de esta fantástica novela ambientada en las calles de París.