El sector asegurador ha recibido este lunes una muy buena
noticia que beneficiará de manera directa a todos los clientes y consumidores,
además de ser un de las más esperadas y demandadas en los últimos años por
integrantes y profesionales del sector.
Según han informado algunos medios de comunicación
especializados, el Parlamento Europeo respaldó este pasado lunes la medida por
la que se podrá impedir a las entidades prestamistas que vinculen o condicionen
la adquisición de una hipoteca a la contratación de un seguro de Hogar. De esta
manera, el proyecto de la primera Directiva Europea de Hipotecas ya está más
cerca de ser una realidad, dando pie a que se puedan eliminar las cláusulas abusivas de muchos contratos.
A través de esta medida, según algunos expertos, los
españoles podrían ahorrar hasta un 50% en su seguro de Hogar si esta medida
llega a buen puerto. Así, cada consumidor podrá adaptarse a sus necesidades y
escoger el producto que más le convenga, siempre dentro de un contexto de mayor
probabilidad de ahorro. De esta manera, la principal damnificada será la Ley
Hipotecaria de España, por la que hasta ahora el consumidor que adquiría una
hipoteca estaba en la obligación de contratar un seguro de Hogar.
Con todo ello, todavía queda la votación final de esta
institución europea, además de que el Consejo, que es el órgano co-legislador
en la Unión Europea, dé luz verde a la nueva Directiva. Después, y cuando pueda
verse aprobada finalmente, los países miembros dispondrán de un plazo de dos
años para aplicar esta nueva medida.
Según la noticia publicada por la revista "Grupo
Aseguranza", esta nueva normativa se basará en los siguientes seis
pilares:
1. El consumidor deberá disponer de un periodo obligatorio
de reflexión de 7 días antes de firmar el contrato hipotecario o bien del mismo
periodo de 7 días para retractarse tras la firma.
2. Mayor información: los bancos entregarán una "hoja
de información estandarizada", un documento de fácil comprensión que
incluirá información detallada sobre las características del préstamo,
variabilidad de los tipos de interés o la influencia de divisas extranjeras.
3. Las entidades crediticias no podrán obligar a los
consumidores a contratar "paquetes cerrados" vinculados a la hipoteca
y que incluyan otros préstamos o servicios, como los seguros.
4. Flexibilidad de pago para que el prestatario pueda pagar
el préstamo antes de tiempo. La entidad bancaria podrá recibir una compensación
justa de los costes de ese reembolso anticipado sin imponer multas adicionales.
5. Exigirá una tolerancia razonable antes de proceder a las
ejecuciones, limitará los cargos por impago e impedirá a los Estados miembros
oponerse a la dación en pago acordada entre las partes.
6. Frenar los préstamos irresponsables, las entidades
vendedoras de hipotecas deberán ser autorizadas, registradas y supervisadas por
las autoridades nacionales. Además, evaluarán la solvencia del comprador.
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